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Cómo puede solicitar y obtener una
orden de protección

La violencia doméstica es una realidad lamentable, pero afortunadamente existe la opción de solicitar una orden de protección para alejar a la persona agresora del entorno de la víctima, y proteger a quien sufre de violencia.

Cualquier persona mayor de 16 años puede solicitar y obtener una orden de protección, y no se requiere del asesoramiento de un abogado. Sin embargo hay muchos casos en los que la víctima prefiere buscar apoyo legal, especialmente si el abusador cuenta con un abogado que lo represente.

Como mínimo le recomendamos que se informe bien sobre el proceso y sus limitaciones, y con ese fin hemos creado el siguiente resumen informativo.

¿Que es una orden de protección?

Una orden de protección es una orden que le protege de la persona que le está agrediendo a usted o a su familia. Si esta persona incumple los términos de la orden puede recibir grandes multas y hasta tiempo en prisión.

Cuando se emite una orden de protección, ésta puede prohibir diferentes acciones según cada caso y lo que el juez considere apropiado. Por ejemplo, una orden de restricción puede ordenar el cese inmediato del abuso y amenazas, o puede prohibir contacto de cualquier tipo de parte de su agresor. En caso de acoso o persecución, la orden de protección puede prevenir que su agresor se le acerque o le siga, y si su acosador incumple la orden estaría cometiendo un crimen.

Es frecuente que una orden de protección obligue al agresor a abandonar la casa en la que usted y su familia viven, para protegerlos de más agresiones. También puede que reduzca o cancele derechos de visitación a hijos si el juez considera que esto es apropiado.

Hay ocasiones en las que una orden de protección puede obligar a su agresor a entregar a las autoridades todas las armas de fuego que posea, y retirar su permiso para comprar más.

Tenga en cuenta que una orden de protección es un documento legal, y que no entra en efecto hasta que haya sido entregada a la persona de la cual necesita protección.

La orden no le protege físicamente, pero sí amenaza a su agresor con fuertes multas y tiempo en la cárcel si incumple con lo que se le ordena. Si se encuentra en peligro inmediato, aunque tenga una orden de protección, llame a la policía.

¿En qué casos se puede solicitar una orden?

Para empezar, las órdenes de protección son para casos de violencia doméstica, es decir, para que usted obtenga protección de la ley con respecto de alguien que es un familiar o miembro de su hogar. Esto puede incluir su pareja actual o ex-pareja, se hayan casado o no. También aplica a alguien con quien usted haya tenido hijos, aunque nunca se hayan casado.

Son candidatos a una orden de protección sus padres, abuelos, hermanos y otros familiares, ya sean por sangre, por matrimonio, adoptivos o temporales. Cualquier persona que viva o haya vivido con usted puede ser sujeto de una orden de protección, y hasta hijos e hijastros califican como miembros de su hogar, y se puede emitir una orden de protección en su contra.

Si la persona que le agrede o acosa no cumple con ninguna de estas características, lo que usted necesita es una orden de protección de acoso, la cual es diferente.

¿Cuál es el proceso para obtener una orden de protección?

Una orden de protección no tienen ningún costo, y no se requiere de apoyo legal para solicitarla ni para obtenerla. Sin embargo, si su agresor cuenta con asesoría legal es muy recomendable que usted también busque un abogado que le ayude a proteger sus derechos. En algunos casos los jueces dictaminan que el agresor debe pagar los gastos legales, así que podría resultar en su beneficio buscar asesoría.

Para solicitar una orden de protección usted debe ir a la corte civil de su distrito (District Court), y ahí busque la Secretaría de Corte Civil. Ellos le entregarán el formulario para pedir una orden de protección. No olvide llevar su identificación, así como datos y fotografías para identificar a su abusador, y cualquier evidencia que tenga del abuso.

Cuando le den el formulario llénelo con calma y atención, describiendo en detalle la última instancia de abuso. Si necesita ayuda puede preguntar, usualmente alguien en la oficina ofrecerá asistencia. No firme el formulario hasta que lo haya revisado junto con el secretario de la corte, quien debe presenciar y notarizar su firma.

Una vez revisado y notarizado el documento, un juez lo revisará en el momento. Es posible que le haga preguntas aclaratorias o le solicite más información antes de decidir si otorgarle la orden de protección.

Recuerde que la firma del juez no significa que la orden ya está en vigencia – debe ser entregada/servida a su abusador en persona por personal de la corte o la policía para entrar en vigencia. Permanezca en un lugar seguro y con compañía hasta que se le confirme que la orden fue servida.

Es usual que el juez establezca una fecha para una audiencia en la que ambas partes expliquen su posición, antes de determinar si las medidas de protección deben hacerse permanentes o levantarse. No se requiere de asesoría legal para esta audiencia, pero es recomendable que vaya en compañía de un abogado quien pueda ayudarle a defenderse y montar bien su caso.

Asegúrese de anotar la fecha y no faltar a esta audiencia: si usted no se presenta, la orden de protección expirará de inmediato, y en el futuro puede que le sea más difícil solicitar y obtener una.